Decreto N° 009 APROBAR la modificación del Cronograma (anexo 01) de Actividades de la Ordenanza Nº 013-2023-MPYLO/CM, el cual el Anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Decreto N° 008 DISPONER EL EMBANDERAMIENTO en las calles principales de la Provincia de Yauli – La Oroya; tanto en viviendas, locales comerciales e Instituciones Públicas y Privadas, el día 10 y 11 de diciembre del presente año, a horas 06:00 am., por motivo de conmemorar el 117° Aniversario de Creación Política de la Provincia de Yauli – La Oroya.
Decreto N° 007 APROBAR el Reglamento Interno de la Instancia de Concertación Provincial “ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR”, que VI (06) Títulos, XXIII (23) Artículos.
Decreto N° 005 DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL en todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas de la Provincia de Yauli – La Oroya, a partir del 27 de julio hasta el 31 de julio de 2023, como acto cívico al conmemorarse el 202º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú.
Decreto N° 004 MODIFICAR el CRONOGRAMA ELECTORAL DE ELECCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES DEL CENTRO POBLADO DE HUAYNACANCHA DE LA PROVINCIA DE YAULI LA OROYA, en el extremo de:
Decreto N° 003 PRORRÓGUESE, el plazo de vencimiento hasta el 30 de noviembre del 2023 previsto en la Ordenanza Municipal N° 005-2023-MPYLO/CM, que regula la presentación de la Declaración Jurada del pago del Impuesto Predial año 2023 y Beneficio Tributaria.
Decreto N° 002 DISPONER el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios de la Provincia de Yauli – La Oroya, el día 07 de junio del 2023, desde las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., con motivo de conmemorarse el Día de la Bandera y la Batalla de Arica, librada el 07 de junio de 1879, durante la Guerra del Pacífico, como muestra de respeto y fidelidad a nuestra Bandera Nacional.
Decreto N° 001 DELEGAR al GERENTE MUNICIPAL de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI LA OROYA todas las atribuciones administrativas de competencia de Alcaldía, salvo aquellas señaladas expresamente como indelegables por Ley, delegando, por tanto, entre otras atribuciones las siguientes.